Auto27 de mayo de 2009
A- de 2009
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Sigfredo Valencia Vs. Municipio De Cali Y Otros
✓
Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Sexto Penal Del Circuito De Cali Y El Tribunal Superior De Cali, Sala Penal. Se Resolvio Dejar Sin Efectos El Auto De 5 De Agosto De 2008, Mediante El Cual El Juzgado Sexto Penal Del Circuito De Cali Se Declaro Incompetente Para Conocer De La Presente Accion De Tutela, Y Remitirselo, A Fin De Que Continue El Tramite De Primera Instancia.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Corporacion Autonoma Regional
- Régimen especial
Decreto Reglamentario De Competencia Para Reparto De Accion De Tutela
- Aplicación
- Establece reglas de simple reparto y no de competencia
- Inaplicación
- Jueces o corporaciones no pueden declarase incompetentes para conocer una acción de tutela
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
- No se puede alterar el conocimiento de la acción de tutela pues se afectaría la protección inmediata de los derechos fundamentales
Corte Constitucional
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
- Conocimiento y resolución directa de conflictos de competencia aunque exista superior jerárquico común
Accion De Tutela Contra Corporacion Autonoma Regional
- Competencia de Juzgado Penal del Circuito
Accion De Tutela Contra Entidad Del Orden Nacional
- Competencia del Tribunal Superior, Administrativo y Consejo Seccional de la Judicatura
Acción De Tutela
- Normas que determinan la competencia
Conflicto De Competencia En Tutela
- Superior jerárquico común
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- Competencia del Consejo Superior de la Judicatura
Conflicto Negativo De Competencia Entre Juzgado Penal Del Circuito Y Tribunal Superior
- Reiteración Auto 124/09
Juez De Tutela
- Desde el punto de vista funcional hace parte de la jurisdicción constitucional
10 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 5 de agosto de 2008, mediante el cual el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Cali se declaró incompetente para conocer de la presente acción de tutela.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Cali, el expediente de la referencia para que de forma inmediata, continúe el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. Por Secretaría General, comuníquese al Tribunal Superior de Cali, Sala Penal, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte.
- Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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María Victoria Calle Correa
Ponente
Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Magistrado
Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
Magistrado
Jorge Iván Palacio Palacio
Magistrado
Juan Carlos Henao Pérez
Magistrado
Luis Ernesto Vargas Silva
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.